Religión

¿Cuál es la diferencia entre un consistorio y un cónclave?

Este sábado 28 de noviembre el Papa Francisco creará en un consistorio en el Vaticano a 13 nuevos cardenales, 9 de los cuales serán electores en un próximo cónclave, recibirán la birreta roja de manos del Papa Francisco y se unirán oficialmente al Colegio de Cardenales.

Muchos católicos se han hecho la pregunta sobre qué diferencia la celebración de un consistorio con la de un cónclave y, por ello, ACI Prensa preparó el siguiente artículo.

Un consistorio es la reunión del Colegio Cardenalicio convocada por el Papa para ayudarle en el gobierno de la Iglesia Católica. Los cardenales son creados en los consistorios.

El vaticanista italiano del Grupo ACI, Andrea Gagliarducci, explica que para el día del consistorio los futuros cardenales se reúnen en la Basílica de San Pedro, profesan el Credo y luego se acercan al Papa Francisco uno por uno vestidos de túnicas rojas. Allí, el Papa le da a cada uno una biretta roja y el anillo de cardenal, símbolos de su creación cardenalicia.

“A cada cardenal se le asignará una iglesia titular. Este es un acto importante, ya que los cardenales deben ser parte de la Diócesis de Roma, cuyo obispo y primado es el Papa. Esto significa que los cardenales siempre están vinculados a Roma, aunque provienen de diferentes países”, comentó Gagliarducci en su artículo explicativo.

Desde ese momento, los nuevos cardenales ya pueden formar parte de las congregaciones y dicasterios del Vaticano, y en esa capacidad ayudan al Papa a gobernar la Iglesia.

El vaticanista destacó que el Código de Derecho Canónico, reformado en 1983, establece dos formas de consistorio: ordinario y extraordinario. 

Se celebra un consistorio extraordinario en casos particulares, y todos los cardenales están llamados a participar. Un consistorio ordinario se lleva a cabo cuando el Papa necesita el consejo de los cardenales sobre algún tema importante, aunque normal, o para dar solemnidad a la decisión del Papa, como la aprobación de la canonización de los santos.

El sucesor de un Papa es elegido en un cónclave, una voación secreta de los cardenales que se realiza en la Capilla Sixtina del Vaticano.

Las leyes que rigen los cónclaves se establecieron en 1996 en la constitución apostólica de San Juan Pablo II “Universi Dominici Gregis”, y fueron modificadas por el Papa Benedicto XVI.

Según la ley vigente, el cónclave no puede comenzar hasta 15 días después de que el papado quede vacante (ya sea por fallecimiento o renuncia), para permitir que todos los cardenales electores tengan tiempo suficiente para llegar a Roma.

Según las reglas reestablecidas por Benedicto XVI en 2007, el cónclave debe alcanzar una mayoría de dos tercios para elegir al Obispo de Roma.

Una vez que la Diócesis de Roma esté vacante, casi todas las oficinas de la Curia romana, las oficinas administrativas que gobiernan la Iglesia, se suspenden y el próximo pontífice deberá reconfirmarlas. Uno de los pocos que continúa en funciones debido a su naturaleza urgente es la Penitenciaría Apostólica, que se ocupa de cuestiones de absolución e indulgencias.

Tras el consistorio del 28 de noviembre, el Colegio Cardenalicio quedará constituido por 230 miembros.

Después del consistorio del 28 de noviembre, el Colegio Cardenalicio estará compuesto por 230 purpurados, de los cuales 128 serán electores en un futuro cónclave, y 102 serán no electores por tener más de 80 años, según las normas establecidas en 1971 por el Papa San Pablo VI.

Información totalmente adquirida de nuestros amigos del grupo ACI Prensa