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Deben estudiantes mayores de 16 años solicitar prórroga por atención médica

Al inicio de cada ciclo escolar, los estudiantes mayores de 16 años cuyos padres sean afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social deben solicitar una prórroga para tener acceso al servicio médico, según establece el artículo 84 de la Ley del Seguro Social y el artículo 33 del Reglamento de Servicios Médicos.

El jefe del departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia, Jorge Alberto Ocampo Hidalgo, señaló la importancia de realizar el trámite con oportunidad a fin de que, en caso de presentarse alguna emergencia, el joven se encuentre debidamente registrado y pueda acceder al beneficio de la atención médica.

Destacó que este recurso es únicamente para los hijos de asegurados y/o pensionados al IMSS que sean mayores de 16 y menores de 25 años y que estén incorporados a planteles del sistema educativo nacional.

No tiene costo y debe efectuarse, preferentemente, al inicio de cada ciclo escolar o semestre, según sea el caso.

El interesado debe entregar en el área de afiliación vigencia de la unidad médica en donde se encuentre registrado el asegurado, un documento que contenga el Número de Seguridad Social; identificación oficial del asegurado o pensionado; así como CURP e identificación oficial del beneficiario hijo, cuando éste sea mayor de edad.

Además, se debe anexar la constancia de estudios expedida por la institución que forme parte del Sistema Educativo Nacional (con reconocimiento y validez oficial), la cual debe contener el nombre de la escuela, nombre del estudiante, número de incorporación, grado que cursa y carrera, así como periodo escolar con fecha de inicio y término, considerando vacaciones.

El trámite deberá renovarse al inicio de cada ciclo escolar o semestre, según el tipo de estudios que se realicen.

El beneficio se otorga hasta que el estudiante alcanza los 25 años de edad, concluyó.