En total descaro el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena Mario Delgado ofreció sus servicios de ”ACARREO “ para llevar a votar a quienes no podían hacerlo por sus propios medios.
Se puede cometer un delito electoral cuando:
Presiona o induce el sentido del voto o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.
Según la LA LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES en su capítulo 7, fracción X comete un delito electoral quien:
Organice la reunión o el transporte de votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto.
Ante tan evidentes irregularidades y violaciones a la ley electoral, esperaremos que el Instituto Nacional Electoral realice las investigaciones. Aunque ante tanta evidencia solo será esperar las sanciones correspondientes.