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Es Coahuila pionero en extender la ley de 3 de 3 a 8

Este fin de semana se llevó a cabo la firma de convenio entre el IEC y el Poder Judicial de Coahuila, en donde se amplía la 3 de 3 a 8 requisitos, para que quienes no la cumplan no puedan participar en un proceso electoral como candidato de un puesto de elección popular.

Es decir, los aspirantes a un cargo de elección popular deben demostrar que no cuentan con denuncias con sentencia en su persona por actos de violencia de género y violencia intrafamiliar.

Miguel Mery Ayup, quien es presidente del Poder Judicial del Estado de Coahuila, señaló que el Poder Judicial tendrá una alta participación en esta nueva iniciativa, ya que estarán obligados a proporcionar la información judicial para que los postulantes puedan registrarse y que Coahuila ha sido pionero en este tema para quienes busquen un puesto de elección popular, sean personas que no han afectado a las mujeres en el pasado.

Estas son las 8 de 8:

  • Que no haya comisión de delitos contra la vida.
  • Que no existan delitos contra la integridad corporal.
  • Que no se haya cometido un delito de carácter sexual.
  • Que no se hayan juzgado por violencia familiar.
  • No haber cometido un acto de violación a la intimidad sexual.
  • No cometer violencia política de género.
  • No estar declarado como persona deudora alimentaria morosa.
  • Que no hayan cometido algún feminicidio.