Estatal

Garantizar INE que se haga valer voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules y los escaños por el principio de representación proporcional en el Congreso de la Unión, que correspondan a los partidos políticos nacionales con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral a celebrarse el 2 de junio de 2024. 

Dicho mecanismo busca evitar la sobrerrepresentación de fuerzas políticas, en apego al artículo 54 de la Constitución, a fin de hacer valer la voluntad de la ciudadanía expresada en las urnas a través del voto. Para ello, el Instituto verificará si las candidatas y candidatos de alguna coalición, ganadores por el principio de mayoría relativa, son militantes del partido por el que fueron postulados. 

En caso de que el candidato esté afiliado a alguno de los partidos de la coalición, su triunfo se contabilizará a favor del partido respecto del cual tenga una “afiliación efectiva”, únicamente para efectos de la asignación de representación proporcional. 

Así, la ciudadanía puede tener la seguridad de que su voto será contado y considerado para la integración proporcional del Congreso de la Unión, conforme lo establecieron los Consejeros.

Con esta medida se busca que la integración del Congreso de la Unión responda a la representación de las distintas voces partidistas elegidas por la ciudadanía, y que ésta no sea distorsionada por una asignación de curules y escaños que sobrerrepresente a mayorías en detrimento de minorías. 

El acuerdo aprobado establece que, en caso de que la candidatura triunfadora no tenga una “afiliación efectiva” a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado. 

Asimismo, el acuerdo busca impulsar los esfuerzos para garantizar la paridad en ambas cámaras del Congreso de la Unión y se realicen los ajustes en favor de dicho principio constitucional.