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Ilegal pedir CURP a migrantes para acceder a servicios de salud: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es ilegal exigir a migrantes indocumentados la presentación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) para poder brindarles servicios de salud.

En resolución al amparo concedido a un migrante no documentado en contra de la Ley General de Salud, vigente hasta el 29 de noviembre de 2019, lo que era el Seguro Popular, el órgano argumentó que al pedir el documento a los indocumentados:

  • “Interfiere en el ejercicio de los derechos humano, además porque es un documento cuya naturaleza atiende a aspectos de política pública en materia poblacional”.
  • Es “una medida legislativa discriminatoria que transgrede los derechos fundamentales a la igualdad, a la vida y a la salud.
  • “En congruencia con la Constitución, se reformó esta ley para disponer que todas las personas que se encuentren en territorio nacional que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud”.

Reiteró, que el Estado no puede exigir la presentación de la CURP para reconocer o prestar un servicio derivado de un derecho, como el de la salud, porque se interfiere en el ejercicio de los derechos humanos y, además, porque es un documento cuya naturaleza atiende a aspectos de política pública en materia poblacional.