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Instala Coahuila el Consejo Técnico de Evaluación para Adopciones

Luego de que el 20 de octubre de 2020 se publicó la Ley de Adopciones y Acogimiento Familiar en Coahuila, donde se ampliaron las atribuciones del anterior Consejo Técnico de Adopciones, ahora llamado Consejo Técnico de Evaluación, se realizó la instalación de este órgano colegiado interdisciplinario, técnico y de opinión en la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia del Estado para dar cumplimiento a lo estipulado.

El Consejo tiene como objeto conocer, analizar, valorar y dictaminar las solicitudes de adopción y acogimiento familiar en relación a las niñas, niños y adolescentes que se encuentren bajo acogimiento residencial en un centro de asistencia social como una medida especial de protección, así como de emitir opinión respecto de las adopciones promovidas ante el Poder Judicial del Estado de las niñas, niños y adolescentes no institucionalizados.

Está integrado por una Presidencia, a cargo de la persona titular de la Dirección del Sistema DIF Coahuila; una Secretaría Técnica, a cargo de la persona titular de la Pronnif; una Secretaría Auxiliar, a cargo de la persona titular de la Dirección de Adopciones; representantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado, del Sistema DIF Coahuila, del DIF Saltillo, de los Centros de Asistencia Social y dos personas de asociaciones civiles.

Además, de la presidenta honoraria del DIF Coahuila, representantes del Congreso del Estado, de la Comisión de Derechos Humanos de Coahuila y de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas.

Este órgano será el encargado de fomentar la cultura de la adopción y el acogimiento familiar, proponer políticas, acciones y lineamientos en materia de adopción y acogimiento familiar; realizar las sesiones necesarias para el cumplimiento de su objeto; y verificar que las solicitudes de adopción y certificación estén debidamente requisitadas en los términos de las disposiciones aplicables.

También analizar los estudios de psicología, trabajo social y evaluación médica practicados a las personas solicitantes de adopción, y de constituirse como familia de acogida; determinar, con base en las evaluaciones respectivas las características de las personas solicitantes de adopción, y de constituirse como familia de acogida; analizar los expedientes de solicitud de adopción o de certificación de familia de acogida propuestos por la Secretaría Técnica del Consejo, y aplicar los criterios para la asignación de una familia adoptiva, entre otras cosas.

La procuradora María Leticia Sánchez Campos comentó que la Ley faculta al Consejo para garantizar los derechos de niños o adolescentes susceptibles de adopción a través de su debida asignación e integración a personas solicitantes de adopción o con familia de acogida que resulten idóneas, con el objetivo de que les proporcionen las condiciones necesarias para brindarles una crianza positiva, un sano desarrollo y el máximo bienestar posible.