Estatal

No proceden ante el IEC denuncias por actos anticipados de campaña de Luis Fernando Salazar

Este viernes 23 de diciembre, el Instituto Electoral de Coahuila aprobó los lineamientos en materia de paridad de género, así como aquellos para la implementación de acciones afirmativas y para la auto adscripción y autoidentificación de los grupos en situación de vulnerabilidad para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023, en el que se renovarán 27 diputaciones del Congreso del Estado.

De esta misma manera, aprobó el proyecto el acuerdo relativo a la resolución del Procedimiento Sancionador Ordinario con relación al Procedimiento Sancionador Ordinario, interpuesto por Sergio Antonio de la Torre Servín de la Mora, en su calidad de ciudadano mexicano, en contra de Luis Fernando Salazar Fernández por la supuesta realización de “Actos anticipados de precampaña y campaña”, pues estima que, en una entrevista de un programa de televisión local, realizó manifestaciones de naturaleza proselitista.

Con base en las pruebas ofrecidas por el promovente se determina no acreditadas las infracciones a la normatividad electoral, consistentes en actos anticipados de precampaña y campaña debido a que en la entrevista denunciada no se desprende solicitud alguna de apoyo o respaldo por la parte denunciada. 

Así mismo, fue aprobado el acuerdo relativo a la Resolución del Procedimiento Sancionador Ordinario iniciado por Mario Rafael Llergo Latournerie, en su carácter de diputado y representante propietario del Partido Morena ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en contra del Partido de la Revolución Democrática, y de la cuarta regidora, Kenia Carreón, por la presunta “Publicación en la red social Twitter, en la que se le observa ofreciendo un programa de cemento a bajo costo”, de la cual tiene por no acreditadas las infracciones a la normatividad electoral, consistentes en actos anticipados de campaña, coacción al voto, así como el uso indebido programas sociales, además de tenerse por no acreditada la responsabilidad, toda vez que se declara infundado el procedimiento.