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SCJN autoriza realizar revocación con el presupuesto permitido

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizó al Instituto Nacional Electoral (INE) “llevar a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado”.

La controversia constitucional 209/2021, presentada por el órgano electoral en contra del Presupuesto de Egresos 2022, por el recorte de 4 mil 930 millones de pesos, otorgó la suspensión que solicitó para llevar a cabo la consulta popular propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con el presupuesto que le fue asignado (unos mil 500 millones de pesos).

El pasado 31 de enero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) le negó INE que no le autorizará el presupuesto que solicitó para organizar la consulta de revocación de mandato.

Por lo que el organismo electoral podrá instalar menos casillas de las que se establecen en la ley, y sin que ello genere alguna responsabilidad penal o administrativa.

El acuerdo, publicado en la “Lista de notificaciones, sección de trámite de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad” señala que la medida de suspensión surtirá efectos inmediatos y sin necesidad de otorgar garantía alguna.

Al terminar el análisis de la Ley Federal de Revocación de Mandato, se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 59 y 61 porque se incurrió en una omisión legislativa.