Nacional

SCJN en contra de la vida y la moral

Por unanimidad, los 11 ministros del pleno de la Suprema Corte, invalidaron la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución del estado de Sinaloa.

La Suprema corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional que las legislaciones locales reconozcan «la vida humana a partir de la concepción», reformas que surgieron para dar pie a la criminalización del aborto.

La SCJN, destacó que por unanimidad se invalidó la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía que “El Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.

Por otra parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia, dijo que claramente la constitución trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada.

Este fallo, se da dos días después de que la SCJN declarará inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

En esta ocasión, la SCJN, abordó la impugnación que hizo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y diputados de la minoría, a una reforma de la constitución de Sinaloa en el 2018; para que el Estado defienda la vida desde la “concepción”.

El debate es relevante porque cerca de 20 estados han reformado su constitución para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución e incertidumbre, según asociaciones civiles y como reconocieron los ministros.

El ministro Luis María Aguilar, dijo que la norma impugnada es abiertamente inconstitucional, pues con el pretexto de definir el comienzo de la protección de la vida humana implícitamente lo que están logrando es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir sobre su propio cuerpo.

Aunque por el momento el fallo de la Suprema Corte solo invalida la fracción de la constitución de Sinaloa, la decisión tendrá implicaciones futuras para otros estados con reformas que también están impugnadas.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

A esta lista, se añadirá Coahuila, tras el fallo del martes de la Suprema Corte, que invalidó el artículo 196 de su Código Penal.