Estatal

Tendrá Coahuila gobernadora, sí o sí, en elecciones de 2029

*En el caso de que en las elecciones de 2023 se elija a un varón como jefe del Ejecutivo.

Coahuila se convertirá en el primer Estado en todo México en efectuar la alternancia de género tanto para la gubernatura como para cargos públicos y aquellos que no se renueven a través del voto ciudadano.

Junto a otras propuestas en materia de derechos humanos, el Congreso local aprobó una reforma presentada por las diputadas del grupo parlamentario del PRI, con el objetivo de aplicar las medidas necesarias que garanticen el ejercicio de los derechos político electorales de las mujeres en materia de igualdad de género sobre paridad. 

La reforma instituye que la paridad debe ser un principio que rija en toda la función pública, así, La iniciativa atiende a las obligaciones que el Estado de Coahuila tiene para asegurar el ejercicio de los derechos político electorales de las féminas, al contemplar integrar los tres poderes del Estado y los organismos autónomos en forma paritaria.

Esto significa que la elección de la gubernatura de Coahuila se garantizará mediante un criterio de alternancia condicionada por el género previo.

En el caso de que en las elecciones de 2023 se elija a un varón como jefe del Ejecutivo, los partidos políticos nacionales y locales se verán obligados a postular sólo a mujeres en el siguiente proceso electoral para renovar dicho cargo.

Es decir, a partir de los comicios de 2023, la titularidad de la Gubernatura del Estado será ocupada por una mujer cada que transcurra un sexenio.

Pudiera darse la posibilidad de que dos mujeres puedan ocupar el cargo de manera sucesiva.

La constitución local se adecuó a la constitución Federal, que ya establece la igualdad y paridad de género en la postulación de cargos de elección popular.

CIERRAN PUERTA A CANDIDATOS POR VIOLENCIA DE GÉNERO

El Congreso determinó, además, que será causa de inelegibilidad para quienes sean condenados judicialmente por violencia política de género y privación preventiva del sufragio en supuestos específicos.

Así, será causa de inelegibilidad para poder ser electo a los cargos de representación popular, la violencia de género declarada por condena penal o resolución de autoridad judicial competente, que declare la violencia contra las mujeres, en los casos, condiciones y límites previstos en la ley.