Nacional

Avalan en San Lázaro ‘Plan B’ de reforma electoral

Morena aceptó modificar la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador de reformas a diversas leyes secundarias del sistema electoral, en el llamado Plan B, para cumplir las condiciones del PVEM y el PT y avalar los cambios.

El Plan B de la reforma electoral obtuvo 261 votos a favor y 216 en contra (de la oposición) durante la votación que ocurrió en la madrugada de este miércoles.

Los partidos aliados de la llamada 4T incluyeron cambios en el Artículo 52 de la Ley General de Partidos Políticos, que “los partidos políticos con registro nacional vigente conservarán su registro local y obtendrán financiamiento público en la entidad correspondiente, con la sola conservación de su acreditación nacional”.

“Los partidos políticos, en caso de así decidirlo, podrán utilizar los remanentes de sus recursos públicos y privados para los fines que constitucionalmente les fueron otorgados en subsecuentes ejercicios fiscales, así como también podrán utilizarlos para la elección federal o local siguiente. Las reglas que determinen el financiamiento local de los partidos se establecerán en las legislaciones locales respectivas”.

En el artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se agregó que “los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de Candidatura Común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los Partidos que decidan participar en esta modalidad. Los Partidos deberán celebrar un convenio de distribución de los votos emitidos”.

Mientras que en el artículo 15 se añade que “al partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado una elección concurrente, esto aplicará para la elección donde se elijan Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales, así como en la elección donde sólo se renueve la Cámara de las y los Diputados”.