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Busca SCJN despenalizar el aborto en Coahuila

Este martes, se decidirá sobre la constitucionalidad del Código Penal de Coahuila. Pues sólo 8 de 11 ministros fijaron postura.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), inició el análisis de diversos artículos del código penal de Coahuila, que sanciona con cárcel a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

A petición de la entonces PGR, por primera vez los ministros de la Corte analizan el fondo del asunto, pues se les cuestionó si por ejemplo, el artículo 195, que establece que “comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”, no vulneran el derecho de las mujeres a decidir sobre su autonomía y libertad reproductiva.

Luis María Aguilar Morales, ministro de la SCJN. asentó que la pregunta clave sería ¿si resulta constitucional sancionar con pena de prisión a la mujer que decide interrumpir su embarazo? Y debamos decidir por ellas. Cabe mencionar que no se trata de defender el aborto, mas bien , se trata del derecho humano de la mujer y de las personas con capacidades de gestar a determinar su sentido de vida y su decisión sobre su cuerpo siendo madre o no.

Arturo Zaldívar, Presidente de la SCJN, se pronunció al respecto diciendo que la interrupción del embarazo es un derecho constitucional, contrario a lo que dice el artículo 199 del Código Penal estatal, que establece que el aborto no será punible, en casos como la violación, pero que se sigue tratando de un delito que no será perseguido.

Agregó, que el condenar a mujeres que practican el aborto equivale a obligarlas a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y su vida, no sólo es profundamente injusto, sino abiertamente inconstitucional…

Como Tribunal Constitucional no es nuestro papel, enjuiciar la moralidad de la interrupción del embarazo, esto es un tema que queda al escrutinio de las mujeres y de las personas gestantes. 

Estado debería garantizar educación sexual.

El Estado, debe garantizar educación sexual en materia de salud reproductiva, acceso a información y asesoría en planificación familiar y métodos de control natal.

Así como garantizar que la interrupción pueda practicarse en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria.

El proyecto también establece que no hay razones científicas para comparar al embrión con una persona titular de derechos, y es que otro de los artículos impugnados impone sanciones a las personas que practican el aborto consentido.

Será este martes cuando se tome una decisión sobre la constitucionalidad del Código Penal de Coahuila, ya que durante la sesión de este lunes, sólo 8 de 11 ministros fijaron postura.

Con la reciente reforma al Poder Judicial, se establece que las decisiones con mayorías calificadas del Pleno la Corte sientan jurisprudencia, es decir que ya no se requieren cinco fallos en el mismo sentido, por lo que se trataría de un criterio nacional obligatorio para todos los estados.